Ayudas para la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal.

El lunes 23 de mayo la Xunta de Galicia presentó oficialmente las ayudas destinadas a impulsar la transformación digital del sector comercial y artesanal.

Estas subvenciones tienen como objetivo el fomento de la modernización y la digitalización, factores fundamentales para incrementar la competitividad del sector y dar respuesta a los nuevos hábitos de compra de los consumidores.

Bajo estas dos premisas, se establecen esta serie de ayudas impulsadas por la Xunta de Galicia y que se dividen en dos módulos:

  • Módulo I: que tiene por objeto la digitalización de los comercios y talleres artesanos y la puesta en marcha de la actividad comercial con venta online.
  • Módulo II: mejora de las herramientas de marketing digital y de los sistemas digitales así como otras actuaciones de digitalización comercial.

Beneficiarios

Con una concesión estimada en 6 millones de euros, estas ayudas subvencionan el 80% de las intervenciones de los dos sectores hasta un máximo de 17.700€.

Podrán optar a estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Con domicilio social en Galicia.
  • Sin consideración de gran establecimiento comercial.
  • Pyme con menos de 20 empleados.
  • Dada de alta en los epígrafes IAE del anexo I y III y que sea la actividad
    principal del solicitante.
  • Superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados.
  • Talleres artesanos inscritos en el Registro General de Artesanía de
    Galicia.

Este año se adjudica por puntuación en base a criterios particulares de la ayuda, así como también en función de la tienda física y la presencia digital actual. Permitirán hacer proyectos a medida y muy orientados a la optimización y, además, se podrá pedir un anticipo de hasta el 50% de lo concedido previo a la ejecución del proyecto.

Los interesados podrán presentar su candidatura dentro del plazo de un mes desde la publicación de la orden en el DOG o DOGA, el 23 de mayo de 2022.

¿Eres un comercio minorista o artesano? Escríbenos a subvenciones@coveloasociados.com y no solo te guiaremos a la hora de solicitar esta ayuda, sino que también te asesoraremos en la solicitud de nuevas subvenciones que impulsen el crecimiento de tu negocio.

Ley de Segunda Oportunidad:

Es un procedimiento judicial que tiene como finalidad cancelar deudas y ayudar a las personas físicas a salir de una situación de endeudamiento. Está regulada en la Ley Concursal, y permite, si se cumplen con ciertos requisitos, cancelar hasta el 100% de las deudas. Más de 15.000 personas se han acogido ya a esta ley y han cancelado sus deudas.

Está regulada en:

Comisiones bancarias abusivas:

Comisión por apertura: Es un porcentaje de dinero que el banco cobra a los usuarios al formalizar el préstamo sin realizar ningún servicio y es desproporcionado. Se puede reclamar en base a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 16 de marzo de 2023.

Comisión por reclamación de impagos o descubierto: Es la comisión mediante la cual los bancos cobran una cantidad en el supuesto de que el cliente no abone a tiempo el recibo del préstamos con el fin de sufragar los gastos de gestión del cobro. Se considera abusiva por la STS 566/2019.

Comisión por devolución: Estas comisiones se aplican cuando una cuenta carece de fondos suficientes para cubrir un pago, lo que resulta en un cargo adicional al titular de la cuenta. La cuantía de estas comisiones a menudo supera significativamente el costo real para el banco y puede generar un efecto acumulativo. Se consideran abusivas por la STS 566/2019.

IRPH:

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un índice de tipos de interés de préstamos hipotecarios similar al Euribor pero elaborado por el Banco de España sobre la media de los intereses aplicados por las cajas de ahorros y bancos.

Las hipotecas que se referenciaron con este índice, por lo general, poseen tipos de interés muy elevados.

CDA´s Triodos Bank: Certificados de Depósito de Acción (CDA):

No son depósitos ni acciones. Se trata de un producto clasificado como complejo y que guarda gran similitud con las participaciones preferentes. Es un producto bancario de riesgo alto y de carácter complejo porque son perpetuos. El 5 de enero de 2021, a través de un comunicado, Triodos Bank informó a sus clientes que suspendía la actividad del mercado después de haber detectado «un patrón de compraventa en el que el número de órdenes de venta sobrepasa el número de órdenes de compra» obligando a la entidad a «asumir que no es probable que los patrones de comercialización previos se recuperen en un futuro inmediato». Triodos Bank recortó el valor de los CDA en un 30% de manera unilateral; es decir, los inversores perdieron el 30% de lo invertido y el resto permanecía inmovilizado. Desde entonces, el mercado está cerrado y los clientes no pueden recuperar su dinero. Se pueden reclamar y recuperar el dinero invertido por vicio en el consentimiento y por incumplimiento de las obligaciones legales de información.

Multidivisa:

Es un préstamo hipotecario caracterizado porque sus cuotas pueden pagarse en una divisa diferente (yen o franco suizo las más comunes). La fluctuación de la divisa en la que se tiene que pagar la hipoteca hace que varíe el precio de esta y ello puede causar que después de estar pagando durante años a la hipoteca el capital no disminuya y se acaba debiendo más dinero al banco del inicialmente solicitado en el préstamo. Se comercializaron entre 2004 y 2008. Hay abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TJUE que habilita para reclamar.

Seguros de vida vinculados:

Son seguros de vida vinculados a préstamos. Habitualmente se cobran mediante prima única financiada, es decir, se cobra en un pago único, pero se financia en el capital de la hipoteca. Es abusivo y hay sentencias de juzgados de primera instancia y de alguna Audiencia Provincial.

Gastos hipotecarios:

Son los gastos necesarios para constituir o modificar un préstamo hipotecario. El banco tiene que devolver la mitad de los gastos de notaria y la totalidad de los gastos de registro, gestoría y tasación del inmueble. Hay muchas sentencias en esta materia, pero la última que fijo la distribución de los gastos es la STS 35/2021 de 27 de enero.

Tarjetas revolving y microcreditos:

Tarjetas revolving y microcreditos: Son créditos o prestamos con intereses abusivos. Se pueden reclamar por usura y por falta de transparencia, fundamentalmente en virtud de la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020.
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