SUBVENCIÓN PARA EL APOYO A LA CONSOLIDACIÓN DE LAS ENTIDADES DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y BONO CONSOLIDA

Esta ayuda tiene como objetivo apoyar la transformación digital y la mejora de la eficiencia energética, incrementando la competitivadad de las empresas y manteniendo empleos de calidad.

Está dirigida a sociedades cooperativas y laborables, empresas de inserción y centros especiales de empleo.

Los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Figurar inscritos en los registros administrativos.
  • Haber presentado las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil, en el Registro de Cooperativas o en el Registro de Fundaciones.
  • Acreditar una antigüedad de 42 meses en la fecha de solicitud.
  • Tener capacidad administrativa, financiera y operativa.
  • Estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • No haber sido sancionados mediante resolución firme.

Los servicios subvencionables por esta ayuda son:

  1. Equipamiento informático.
  2. Adquisición y desarrollo de software y páginas web.
  3. Marketing, comunicación o relanzamiento comercial.
  4. Mejora en la eficiencia energética.
  5. Adquisición de equipamiento.
  6. Reforma del local de negocio.
  7. Mobiliario.
  8. Obtención de certificaciones de calidad.
  9. Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad.
  10. Plan de protección de datos.

Los servicios descritos en los apartados 3, 8, 9 y 10 deberán estar implantados en el período de ejecución.

La cuantía de las ayudas será equivalente al 80% del coste total de los gastos subvencionables. Con límites de 3000€ para los conceptos 3,8,9 y 10 y un máximo de 20.000€ por entidad solicitante.

Las entidades tienen desde el 30 de junio hasta el 30 de septiembre de 2022 para solicitar dicha ayuda. La ejecución de las acciones subvencionables deberá ser entre el 1 de noviembre y el 31 de octubre de 2022. Dichas acciones deberán justificarse como máximo el 10 de noviembre de 2022.

¿Crees que tu empresa puede beneficiarse de esta subvención? Escríbenos a subvenciones@coveloasociados.com y no solo te guiaremos a la hora de solicitar esta ayuda, sino que también te asesoraremos en la solicitud de nuevas subvenciones que impulsen el crecimiento de tu negocio.

Ley de Segunda Oportunidad:

Es un procedimiento judicial que tiene como finalidad cancelar deudas y ayudar a las personas físicas a salir de una situación de endeudamiento. Está regulada en la Ley Concursal, y permite, si se cumplen con ciertos requisitos, cancelar hasta el 100% de las deudas. Más de 15.000 personas se han acogido ya a esta ley y han cancelado sus deudas.

Está regulada en:

Comisiones bancarias abusivas:

Comisión por apertura: Es un porcentaje de dinero que el banco cobra a los usuarios al formalizar el préstamo sin realizar ningún servicio y es desproporcionado. Se puede reclamar en base a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 16 de marzo de 2023.

Comisión por reclamación de impagos o descubierto: Es la comisión mediante la cual los bancos cobran una cantidad en el supuesto de que el cliente no abone a tiempo el recibo del préstamos con el fin de sufragar los gastos de gestión del cobro. Se considera abusiva por la STS 566/2019.

Comisión por devolución: Estas comisiones se aplican cuando una cuenta carece de fondos suficientes para cubrir un pago, lo que resulta en un cargo adicional al titular de la cuenta. La cuantía de estas comisiones a menudo supera significativamente el costo real para el banco y puede generar un efecto acumulativo. Se consideran abusivas por la STS 566/2019.

IRPH:

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un índice de tipos de interés de préstamos hipotecarios similar al Euribor pero elaborado por el Banco de España sobre la media de los intereses aplicados por las cajas de ahorros y bancos.

Las hipotecas que se referenciaron con este índice, por lo general, poseen tipos de interés muy elevados.

CDA´s Triodos Bank: Certificados de Depósito de Acción (CDA):

No son depósitos ni acciones. Se trata de un producto clasificado como complejo y que guarda gran similitud con las participaciones preferentes. Es un producto bancario de riesgo alto y de carácter complejo porque son perpetuos. El 5 de enero de 2021, a través de un comunicado, Triodos Bank informó a sus clientes que suspendía la actividad del mercado después de haber detectado «un patrón de compraventa en el que el número de órdenes de venta sobrepasa el número de órdenes de compra» obligando a la entidad a «asumir que no es probable que los patrones de comercialización previos se recuperen en un futuro inmediato». Triodos Bank recortó el valor de los CDA en un 30% de manera unilateral; es decir, los inversores perdieron el 30% de lo invertido y el resto permanecía inmovilizado. Desde entonces, el mercado está cerrado y los clientes no pueden recuperar su dinero. Se pueden reclamar y recuperar el dinero invertido por vicio en el consentimiento y por incumplimiento de las obligaciones legales de información.

Multidivisa:

Es un préstamo hipotecario caracterizado porque sus cuotas pueden pagarse en una divisa diferente (yen o franco suizo las más comunes). La fluctuación de la divisa en la que se tiene que pagar la hipoteca hace que varíe el precio de esta y ello puede causar que después de estar pagando durante años a la hipoteca el capital no disminuya y se acaba debiendo más dinero al banco del inicialmente solicitado en el préstamo. Se comercializaron entre 2004 y 2008. Hay abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TJUE que habilita para reclamar.

Seguros de vida vinculados:

Son seguros de vida vinculados a préstamos. Habitualmente se cobran mediante prima única financiada, es decir, se cobra en un pago único, pero se financia en el capital de la hipoteca. Es abusivo y hay sentencias de juzgados de primera instancia y de alguna Audiencia Provincial.

Gastos hipotecarios:

Son los gastos necesarios para constituir o modificar un préstamo hipotecario. El banco tiene que devolver la mitad de los gastos de notaria y la totalidad de los gastos de registro, gestoría y tasación del inmueble. Hay muchas sentencias en esta materia, pero la última que fijo la distribución de los gastos es la STS 35/2021 de 27 de enero.

Tarjetas revolving y microcreditos:

Tarjetas revolving y microcreditos: Son créditos o prestamos con intereses abusivos. Se pueden reclamar por usura y por falta de transparencia, fundamentalmente en virtud de la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020.
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